MARÍA INÉS TERESA
DEL SANTÍSIMO SACRAMENTO

Jubileo 75/45
Con gran alegría les compartimos que las Misioneras Clarisas del Santísimo Sacramento, y toda la Familia Inesiana estamos celebrando el año Jubilar 75-45, 75 años de que la Santa Sede nos concedió la Aprobación Pontificia, y 45 años del retorno a la Casa del Padre de nuestra madre Fundadora, Beata María Inés Teresa del Santísimo Sacramento.

Indulgencia Plenaria
Por este motivo, la Santa Sede, nos ha concedido una gracia especial, poder ganar "Indulgencia Plenaria": Es decir, un regalo maravilloso que Dios concede por medio la la Iglesia en la que se remite la pena temporal por los pecados, ya perdonados, en cuanto a la culpa (en la Confesión), y nos permite presentarnos ante Dios purificados de cualquier mancha. (Cfr. INDULGENTIARUM DOCTRINA, norma 1).
Esta gracia tan especial se concede a los miembros de la Familia Inesiana y a todos los fieles cristianos verdaderamente arrepentidos y movidos por la caridad, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2026. La indulgencia se puede aplicar en favor de uno mismo o de las almas de los fieles del Purgatorio,
Condiciones para la indulgencia
a) Condiciones particulares:
Las condiciones particulares de esta indulgencia son:
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Visitando la capilla de la Casa Madre o cualquier templo de las Misioneras Clarisas o Misioneros de Cristo para la Iglesia Universal. Estando ahí:
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Hacer la intención de obtenerla o aplicarla a algún difundo,
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Tener unos momentos de oración durante un periodo de tiempo adecuado,
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Orar por la paz y la concordia de los pueblos,
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Concluir con el Padrenuestro, el Credo de la Fe y invocaciones:
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María, Reina de la Paz, Madre de la Misericordia, ruega por nosotros.
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Beata Madre María Inés Teresa del Santísimo Sacramento, ruega por nosotros.
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b) Condiciones habituales:
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Orar, el mismo día por las intenciones del Santo Padre León XIV: Padre Nuestro, Ave María y Gloria
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Confesión sacramental, en cualquier templo, al menos quince días antes o después de realizar la acción premiada, sin olvidar que hay que permanecer en gracia de Dios antes de acabar la acción. Con una sola confesión sacramental se pueden ganar muchas indulgencias plenarias (norma 9)
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Comunión Eucarística, en cualquier templo al menos quince días antes o después de realizar la acción premiada, sin olvidar que hay que permanecer en gracia de Dios antes de acabar la acción. Con una sola comunión eucarística se puede ganar una indulgencia plenaria (norma 9)
Los ancianos, los enfermos, así como quienes los cuidan y todos aquellos que no pueden salir de sus casas por un motivo grave
Podrán obtener la indulgencia plenaria, habiendo rechazado todo pecado y con el propósito de cumplir, lo antes posible, las tres condiciones habituales, uniéndose espiritualmente a las celebraciones jubilares, ofreciendo sus oraciones y sus dolores o los inconvenientes de su propia vida a Dios misericordioso, y consolándose en sus tribulaciones.